La primera aclaración que cabe hacer en materia de encuadramiento en los diferentes regímenes de la Seguridad Social de los técnicos que trabajan en producciones audiovisuales es que, como cualesquiera otros trabajadores, incluidos los artistas, los técnicos están encuadrados a todos los efectos en el Régimen General de la Seguridad Social, una vez desaparecido el antiguamente llamado «Régimen Especial de Artistas», hoy inexistente.
No obstante lo anterior, y aunque ya no exista como tal Régimen Especial, la legislación vigente ha conservado de dicho régimen ciertas reglas especiales en materia de cotización que debemos tener presentes dada la equiparación que, a efectos de cotización, hace la legislación de seguridad social entre los artistas y algunas de las categorías de técnicos reconocidas en el todavía vigente convenio colectivo.
Es decir, partiendo de la aplicación a los técnicos de la normativa propia del Régimen General de la Seguridad Social, se establecen para algunos de ellos ciertas particularidades en materia de cotización previstas en principio para los artistas. Por ello, resulta necesario distinguir entre:
Los técnicos equiparados a los artistas en materia de cotización (que estarían sujetos al que pudiéramos denominar Régimen General, con especialidades para Artistas), y
Los técnicos a los que se aplican exclusivamente las normas de cotización del Régimen General, sin ninguna particularidad especial (que se sujetarían al que denominaremos Régimen General «normal»).
La distinción tiene cierta trascendencia práctica ya que las reglas especiales previstas para los artistas y, por asimilación a éstos, también para algunos técnicos, otorgan ciertas ventajas a quienes se sujetan a las mismas.
La segunda cuestión a destacar es que todo el sistema de protección diseñado por la Seguridad Social se articula en torno a dicho encuadramiento y al sometimiento del trabajador a una u otra normativa sobre cotización, por lo que el conjunto de las prestaciones sociales a que los trabajadores pudieran tener derecho va a depender en buena medida de la forma y cuantía en que dicho trabajador y el empresario hayan cotizado a la Seguridad Social.
Por otra parte, el desconocimiento existente entre los funcionarios y/o entidades encargadas de tramitar el reconocimiento de dichas prestaciones sociales, al respecto de la específica regulación aplicable a los trabajadores del cine y del sector audiovisual en general, genera algunos problemas en el proceso de solicitud y concesión de las mismas, de ahí la importancia de que los propios trabajadores conozcan dichas especialidades y por tanto los derechos que, en su caso, les asisten.
Partiendo de las diversas categorías profesionales de técnicos previstas en el vigente convenio colectivo, hemos elaborado el cuadro que veremos a continuación para tratar de aclarar cuál sería la situación de los técnicos frente a la Tesorería General de la Seguridad Social y qué normativa sobre cotización les sería de aplicación (si la del Régimen General «normal» o la del Régimen General con las especialidades de los artistas).
Este cuadro recoge los criterios seguidos por la Tesorería General de la Seguridad Social y puede servir a los afiliados de TACEE a la hora de negociar sus contratos con las productoras o reivindicar ante los empresarios tanto el correcto reconocimiento de su categoría profesional como el cumplimiento de las especiales obligaciones de cotización de los mismos.
No obstante, hay que tener en cuenta que las gestorías a las que las productoras encomiendan la gestión de la contratación laboral de los técnicos que habrán de trabajar en sus producciones audiovisuales y el cumplimiento de sus obligaciones para con la Seguridad Social (p.e. Legiscine) pueden utilizar criterios diferentes sobre encuadramiento y cotización a los aquí expuestos.
ENCUADRAMIENTO EN LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TÉCNICOS
EN PRODUCCIONES CUYA EXPLOTACIÓN PRIMARIA SEA SU EXPLOTACIÓN EN SALAS CINEMATOGRÁFICAS DE CONFORMIDAD CON LAS CATEGORÍAS PROFESIONALES ESTABLECIDAS EN EL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL (TÉCNICOS) DE 2000
CATEGORÍAS PROFESIONALES |
ENCUADRAMIENTO(RÉG.GRAL/ESP. ARTISTAS) |
GRUPO DE COTIZACIÓN |
Equipo de Producción:A) Producción:Director de ProducciónJefe de ProducciónAyudante de ProducciónAuxiliar de ProducciónSecretaria de ProducciónB) Dirección:Primer Ayudante de DirecciónSupervisor de continuidad/ScriptSegundo Ayudante de DirecciónAuxiliar de Dirección |
ESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTAS |
335775577 |
Equipo de Casting:Director de CastingAyudante de Casting |
RÉG. GRALRÉG. GRAL |
3 (*)7 (*) |
Equipo de Cámara:Director de FotografíaOperador Especialista de Cámara (steadycam, submarina …)Operador de CámaraPrimer Ayudante de Cámara/FoquistaAuxiliar de CámaraFoto-Fija |
ESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTAS |
255775 |
Equipo de sonido:Jefe de SonidoAyudante de SonidoAuxiliar de Sonido |
ESP. ARTISTASESP. ARTISTASRÉG. GRAL |
577 (*) |
Equipo de Iluminación:Jefe de EléctricosEléctricoAyudante de Eléctrico |
RÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRAL |
3 (*)5 (*)7 (*) |
Equipo de Maquinistas:Jefe de MaquinistasMaquinista/GruistaAyudante de Maquinista |
RÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRAL |
3 (*)5 (*)7 (*) |
Equipo de Decoración:Director de ArteDecoradorRegidorAyudante de Decoración |
ESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTAS |
2475 |
Equipo de Ambientación/Atrezzo:AmbientadorAtrecistaAyudante de AmbientaciónCarpintero/Pintor de RodajeAsistencia de RodajeAyudante de AtrezzoAuxiliar de Ambientación |
ESP. ARTISTASRÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRAL |
55 (*)7 (*)5 (*)5 (*)7 (*)7 (*) |
Equipo de Construcción:Jefe de ConstrucciónJefe de CarpinteríaJefe de Pintura/EmpapeladoJefe de ModelajeConstructor de AtrezzoCarpinteroPintor/EmpapeladorModelador |
RÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRAL |
3 (*)3 (*)3 (*)3 (*)5 (*)5 (*)5 (*)5 (*) |
Equipo de Vestuario:FigurinistaEstilistaAyudante de Estilismo/Ayudante de FigurinistaJefe de SastreríaAyudante de SastreríaSastre |
ESP. ARTISTASESP. ARTISTASRÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRAL |
557 (*)3 (*)7 (*)5 (*) |
Equipo de Maquillaje y Peluquería:A) Maquillaje:Jefe de MaquillajeAyudante de MaquillajeAuxiliar de MaquillajeB) Peluquería:Jefe de PeluqueríaAyudante de PeluqueríaAuxiliar de Peluquería |
ESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTASESP. ARTISTAS |
577577 |
Equipo de Montaje:Montador de ImagenAyudante de Montaje de ImagenAuxiliar de Montaje de ImagenMontador de SonidoAyudante de Montaje de Sonido |
ESP. ARTISTASESP. ARTISTASRÉG. GRALESP. ARTISTASESP. ARTISTAS |
577 (*)57 |
Equipo de Contabilidad:Contable de ProducciónAyudante de ContabilidadCajero/PagadorAuxiliar AdministrativoMeritorios |
RÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRALRÉG. GRAL |
5 (*)7 (*)5 (*)7 (*)7 (*) |